Gobierno Solicita a la Registraduría Ampliar Plazo de Inscripción para Consejos de Juventud
- William Pedraza
- 18 jul
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Bogotá, Colombia, julio 18 de 2025.
Con el objetivo de fomentar una mayor participación juvenil, el Gobierno Nacional ha solicitado formalmente a la Registraduría Nacional del Estado Civil la ampliación del plazo de inscripción para los consejos municipales y locales de juventud.
El ministro del Interior, Armando Benedetti, envió una carta al registrador Nacional, Hernán Penagos, pidiendo extender el plazo, que originalmente finaliza el sábado 19 de julio, hasta el 1 de agosto. Esta solicitud surge de numerosas peticiones de jóvenes interesados en postularse para las elecciones de octubre de este año.
Benedetti enfatizó que la solicitud tiene un sólido respaldo jurídico, citando el artículo 45 de la Constitución Política y las disposiciones del Estatuto de Ciudadanía Juvenil (Ley 1622 de 2013, modificada por la Ley 1885 de 2018). Estas normativas mandatan al Estado a garantizar las condiciones para el ejercicio efectivo de los derechos de participación de los jóvenes, buscando ampliar su acceso a los derechos en lugar de restringirlo.
El ministro explicó que se han identificado barreras logísticas, tecnológicas y pedagógicas que han dificultado el proceso de inscripción, especialmente en regiones con conectividad limitada, afectaciones por orden público o baja presencia institucional. A esto se suma que los tiempos actuales han sido insuficientes para el despliegue efectivo de pedagogía electoral, recolección de apoyos y acompañamiento técnico.
Además, Benedetti llamó la atención sobre la necesidad de superar el porcentaje de participación alcanzado en las elecciones juveniles de 2021. Insistió en que uno de los objetivos centrales del proceso actual debe ser garantizar condiciones materiales, pedagógicas y territoriales más dignas que estimulen una participación más amplia, especialmente de quienes históricamente han estado al margen del ejercicio electoral.
Finalmente, recordó que la Registraduría, como autoridad electoral administrativa, tiene la competencia para ajustar el calendario electoral mediante resolución motivada, sin perjuicio del cronograma general, en virtud de su autonomía funcional y de los principios constitucionales de participación, equidad e igualdad material.
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