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C.R.A. impone medida preventiva de suspensión a AGROSAN por emisión de olores ofensivos

Barranquilla,

26 de may de 2023

La Corporación Autónoma Regional del Atlántico – C.R.A., impuso medida preventiva de suspensión de actividades e inició un procedimiento sancionatorio ambiental. 


En atención a la queja interpuesta por las comunidades de los corregimientos de Caracolí, Cascarón y la Aguada, en contra de la empresa Agropecuaria San Fernando S.A.S. – AGROSAN, por la generación de olores ofensivos, la Corporación Autónoma Regional del Atlántico – C.R.A., impuso medida preventiva de suspensión de actividades e inició un procedimiento sancionatorio ambiental. 


Mediante la resolución 423 de 2023, la autoridad ambiental solicitó a la empresa AGROSAM S.A.S, la suspensión de actividades de recibo de la materia prima, teniendo en cuenta que el acopio no se está adelantando de manera adecuada, generando olores fuertes y manejo inadecuado de lixiviados, que presuntamente pueden generar afectaciones a la salud y a los recursos naturales.



"En las visitas realizadas, se pudo constatar que la empresa AGROSAN S.A.S., tiene un punto de acopio para la materia prima que no cuenta con las condiciones necesarias para el recibimiento, recolección y almacenamiento de la misma. Se comprobó que existe un manejo inadecuado de la materia prima, que usan para sus procesos, lo que sería la fuente principal de la emisión de olores, considerando que los desechos de origen animal provenientes del procesamiento de la carne pueden contener materia orgánica y microorganismos patógenos y expedir olores" explicó Juliette Sleman, Asesora Jurídica de la C.R.A.

 

Al culminar la visita de inspección técnica por la emisión de olores en la planta de procesamiento, la C.R.A. determinó que la materia prima acopiada en la misma zona de recepción, llevaba más de 24 horas en un estado de acopio inapropiado, sin ninguna clase de refrigeración, expuesta a las altas temperaturas, a la luz directa y a la emisión de calor por radiación solar, acelerando el proceso de descomposición.



Adicionalmente, la Entidad impuso medida preventiva de suspensión del vertimiento de aguas presuntamente residuales, teniendo en cuenta que el vertimiento que se está realizando no ha sido autorizado por la Corporación.

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