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Ministerio de Hacienda dio a conocer el Calendario Tributario 2023 en Colombia

Bogotá,

5 de ene de 2023

El impopular Ministerio de Hacienda dio a conocer el calendario tributario 2023 en Colombia, mediante el Decreto 2487, donde se dio a conocer cuáles son los plazos y los impuestos para pagar en el 2023.



Cada impuesto colombiano dictaminado por el ministerio de Hacienda colombiano es clave para hacer las obras necesarias para el avance del país y aunque en su gran mayoría golpea el bolsillo de los tributados es necesario hacerlo.


Con dicho documento del calendario tributario se tiene en cuenta las disposiciones sobre los impuestos para las personas naturales y los grandes contribuyentes para los principales impuestos como el de la renta, el IVA, impuesto al consumo, a la gasolina, entre muchos más.


Enero es un mes terrible para todos los colombiano, ya que desde el 1 de enero inauguraron al país con el aumento a la gasolina, el ACPM y por supuesto la canasta familiar que es la más golpeada con esta alza en todo.


Por ejemplo el calendario tributario para personas naturales el Ministerio de Hacienda estableció que dicho plazo para presentar la declaración y cancelar en una sola cuota, el valor a pagar por concepto del impuesto sobre la renta y complementario y del anticipo, vence en las fechas del mismo año que se indican con base en los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria.


Tablas: 


Si los dos últimos dígitos son Hasta el día


01 y 02 - 9       de agosto de 2023

03 y 04 - 10    de agosto de 2023

05 y 06 - 11     de agosto de 2023

07 y 08 - 14    de agosto de 2023

09 y 10 - 15    de agosto de 2023


Si los dos últimos dígitos son Hasta el día


11 y 12 - 16 de  agosto de 2023

13 y 14 - 17 de agosto  de 2023

15 y 16 - 18 de  agosto de 2023

17 y 18 - 22 de  agosto de 2023

19 y 20 - 23 de  agosto de 2023

21 y 22 - 24 de agosto de 2023

23 y 24 - 25 de  agosto de 2023

25 y 26 - 28 de agosto de 2023

27 y 28 - 29 de agosto de 2023

29 y 30 - 30 de agosto de 2023

31 y 32 - 31 de agosto de 2023

33 y 34 - 1 de septiembre de 2023

35 y 36 - 4 de septiembre de 2023

37 y 38 - 5 de septiembre de 2023

39 y 40 - 6 de septiembre de 2023

41 y 42 - 7 de septiembre de 2023

43 y 44 - 8 de septiembre de 2023

45 y 46 - 11 de septiembre de 2023

47 y 48 - 12 de septiembre de 2023

49 y 50 - 13 de septiembre de 2023

51 y 52 - 14 de septiembre de 2023

53 y 54 - 15 de septiembre de 2023

55 y 56 - 18 de septiembre de 2023

57 y 58 - 19 de septiembre de 2023

59 y 60 - 20 de septiembre de 2023

61 y 62 - 21 de septiembre de 2023

63 y 64 - 22 de septiembre de 2023

65 y 66 - 25 de septiembre de 2023

67 y 68 - 26 de septiembre de 2023

69 y 70 - 27 de septiembre de 2023

71 y 72 - 28 de septiembre de 2023

73 y 74 - 29 de septiembre de 2023

75 y 76 - 2 de octubre de 2023


Si los dos últimos dígitos son Hasta el día


77 y 78 - 3 de octubre de 2023

79 y 80 - 4 de octubre de 2023

81 y 82 - 5 de octubre de 2023

83 y 84 - 6 de octubre de 2023

85 y 86 - 9 de octubre de 2023

87 y 88 - 10 de octubre de 2023

89 y 90 - 11 de octubre de 2023

91 y 92 - 12 de octubre de 2023

93 y 94 - 13 de octubre de 2023

95 y 96 - 17 de octubre de 2023

97 y 98 - 18 de octubre de 2023

99 y 00 - 19 de octubre de 2023.


Calendario tributario para personas jurídicas:


Para el año gravable 2022 deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario las personas jurídicas, sociedades y asimiladas, así como los contribuyentes del Régimen Tributario Especial, diferentes a los calificados como Grandes Contribuyentes.


Recomendado:


Contribuyentes de DIAN: así funcionará el Documento Equivalente Electrónico en 2023


Primera cuota


Si los dos últimos dígitos son Hasta el día:


01 al 05 - 10 de abril de 2023

06 al 10 - 11 de abril de 2023

11 al 15 -12 de abril de 2023

16 al 20 - 13 de abril de 2023

21 al 25 - 14 de abril de 2023

26 al 30 - 17 de abril de 2023

31 al 35 - 18 de abril de 2023

36 al 40 - 19 de abril de 2023

41 al 45 - 20 de abril de 2023

46 al 50 - 21 de abril de 2023

51 al 55 - 24 de abril de 2023

56 al 60 - 25 de abril de 2023

61 al 65 - 26 de abril de 2023

66 al 70 - 27  de abril de 2023

71 al 75 - 28 de abril de 2023

76 al 80 - 2 de mayo 2023

81 al 85 - 3 de mayo 2023

86 al 90 - 4 de mayo 2023

91 al 95 - 5 de mayo 2023

96 al 00 - 8 de mayo 2023


Pago  de la segunda cuota


Si el último dígito es Hasta el día


1, 7 de julio de 2023

2, 10 de julio de 2023

3, 11 de julio de 2023

4, 12 de julio de 2023


Si el último dígito es Hasta el día


5, 13 de julio de 2023

6, 14 de julio de 2023

7, 17 de julio de 2023

8, 18 de julio de 2023

9, 19 de julio de 2023

0, 21 de julio de 2023.

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